El Decreto N° 503 de fecha 18 de
Octubre de 2013 publicado en la Gaceta Oficial N° 40.275 establece: 1. Un
salario mínimo nacional para los trabajadores y trabajadoras del sector público
y privado de Bs. 2.973 mensual (Bs. 99,10 diario) a partir del primero de
noviembre del presente año, por jornada diurna 2. Un salario mínimo para los
adolescentes aprendices de Bs. 2.211 mensual (Bs. 73,70 diario) siempre que no
realicen labores en igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores en
cuyo caso devengarán el nuevo salario mínimo nacional 3. El nuevo salario
mínimo nacional será aplicable a los pensionados del Seguro Social así como a
los pensionados y jubilados de la Administración Pública Nacional 4. En el caso
de trabajadores que cumplen jornadas a tiempo parcial inferiores a 40 horas de
trabajo semanal en jornada diurna se aplicará el salario mínimo en forma
proporcional según lo establecido en el artículo 172 de la Ley Orgánica del
Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras 5. El Decreto entró en vigencia el
primero de noviembre de 2013.
El Decreto N° 504 de fecha 22 de
Octubre de 2013 publicado en la Gaceta Oficial N° 40.277 establece para los
funcionarios de la Administración Pública Nacional en servicio activo el pago
de noventa (90) días de salario integral con cargo al Presupuesto Nacional en
dos partes: la primera cuota, de dos terceras partes (2/3) del bono, antes del
15 de Noviembre de 2013; y la segunda cuota, de un tercio (1/3) restante, el
primero de Diciembre de 2013.
Las principales objeciones a
estas dos medidas son las siguientes: 1. No hay una compensación total de la
inflación especialmente la correspondiente a los alimentos 2. El aumento del
salario mínimo no favorece a todos los trabajadores porque no comprende un
aumento general de sueldos y salarios, es decir, que los trabajadores que
devengan remuneraciones salariales por encima del nuevo salario mínimo nacional
no recibirán ningún aumento que les compense la pérdida del poder adquisitivo
de sus sueldos o salarios 3. La bonificación de fin de año de tres (3) meses no
comprende a los pensionados del Seguro Social sino a los funcionarios públicos
activos 4. El nuevo salario mínimo nacional rige para los trabajadores al servicio
de las Gobernaciones y Alcaldías pero el bono de fin de año fijado en 3 meses
no les es aplicable salvo que estas entidades así lo establezcan de conformidad
con su normativa legal o convenios colectivos de trabajo.
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ATILIO HERNANDEZ
NOTAS LABORALES
p or favor como se le paga utilidades y vaciones 2013 sueldo minimo
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