Después del interesante
Artículo titulado “CALCULO DE
PRESTACIONES SOCIALES EN LA NUEVA LOTTT”, el que ha tenido mucha
aceptación y varios trabajadores y personas ligadas al mundo laboral han realizados infinidades de consultas,
cada uno sobre su caso personal y en su relación laboral. Pero como la
información debe fluir y llegar a la mayor cantidad de personas, he realizado un Cálculo
de Prestaciones Sociales con una hoja de cálculo del programa Google Drive y he
colocado el Link del cálculo para que todos puedan acceder y ver como se realizan
los Cálculos de prestaciones Sociales según el Artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, losTrabajadores y las Trabajadoras. Esperando que este ejemplo sirva de mucha
ayuda para todos.
Tipos de salarios y su
aplicación
El Artículo 104 de la nueva
Ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), indica que
en Venezuela tenemos dos clases de salarios, el salario (salario integral) y el
salario normal, que según el caso se utilizan para el cálculo de las
prestaciones sociales, utilidades, vacaciones, entre otros.
El salario o como se conoce salario integral es todo lo que se percibe, no solo
por la remuneración diaria, fija o variable, sino todo lo que reciba el
trabajador como son; las comisiones, primas, gratificaciones, participación en
los beneficios, utilidades, bono vacacional, recargos por días feriados,
sobresueldos, horas extras, trabajo nocturno, alimentación y vivienda.
´Los subsidios o facilidades
que el patrono de al trabajador con el propósito de que éste obtenga bienes y
servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de toda su familia,
tiene también carácter salarial.
No son parte del salario (salario integral), los beneficios sociales de
carácter no remunerativo, indicados en el Artículo 105 (LOTTT).
Este salario (salario integral), se utiliza para el cálculo de las prestaciones
sociales (antigüedad) y Utilidades.
Pero también tenemos el salario normal (salario
base), el salario normal incluye todos los conceptos salariales percibidos durante la semana tales como: salario básico,
prima de tiempo de viaje, horas extras y bono nocturno para los trabajadores de turno rotativo, prima dominical, pago de días feriados;
se calcula promediando lo devengado por el trabajador durante la semana
para lo cual se suman todos sus ingresos de carácter salarial y se dividen entre 6 si labora los 6 días de la semana con
solo 1 día de descanso, o entre 5 si solo labora 5 días con 2 días de descanso.
El salario normal se utiliza
para el pago de horas extras, días feriados, bono nocturno, bono vacacional,
entre otros.
En cuanto a la forma de cálculo de horas
extras y bono nocturno, debe compararse lo establecido en la ley versus lo
establecido en el contrato colectivo, y aplicar de los dos regímenes
(legal y convencional) el que sea más favorable al trabajador.
Quedan excluidos las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la
prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter
salarial.
Garantía y
cálculo de prestaciones sociales
Artículo
142. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la
siguiente manera:
a. El
patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de
garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada
trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este
depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.
b. Adicionalmente
y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositara a cada
trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta
treinta días de salario.
c. Cuando
la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las
prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o
fracción superior a los seis meses calculada al último salario.
d. El
trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el
monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a
lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la
relación laboral de acuerdo al literal c.
e. Si
la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le
corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales
será de cinco días de salario por mes trabajado o fracción.
f. El
pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a
la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pago generará
intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de
Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país.
EL trabajador ingresa el 15 de agosto de 2011 y el calculo del Fondo de Garantía fue hecho hasta el 15 de marzo de 2013.
ARTICULO 142, Literal A
Acumulado en Antigüedad tiene: 8.303,00 + 513,84 de Fideicomiso
Total: 8.816,94 Bsf
El salario o como se conoce salario integral es todo lo que se percibe, no solo por la remuneración diaria, fija o variable, sino todo lo que reciba el trabajador como son; las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios, utilidades, bono vacacional, recargos por días feriados, sobresueldos, horas extras, trabajo nocturno, alimentación y vivienda.
No son parte del salario (salario integral), los beneficios sociales de carácter no remunerativo, indicados en el Artículo 105 (LOTTT).
Este salario (salario integral), se utiliza para el cálculo de las prestaciones sociales (antigüedad) y Utilidades.
Pero también tenemos el salario normal (salario base), el salario normal incluye todos los conceptos salariales percibidos durante la semana tales como: salario básico, prima de tiempo de viaje, horas extras y bono nocturno para los trabajadores de turno rotativo, prima dominical, pago de días feriados; se calcula promediando lo devengado por el trabajador durante la semana para lo cual se suman todos sus ingresos de carácter salarial y se dividen entre 6 si labora los 6 días de la semana con solo 1 día de descanso, o entre 5 si solo labora 5 días con 2 días de descanso.
ARTICULO 142, Literal C
30 días por año X Años de Servicio X Ultimo Salario
30 días X 2 Años X 130,67 Bsf = 7.840,20 Bsf
En este caso se aplica el Literal A por ser mayor
Al SER DESPIDO INJUSTIFICADO EL MONTO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES SE MULTIPLICA POR 2
8.816,94 Bsf X 2 = 17.633,68 Bsf
Entiéndase que este calculo falta determinar Vacaciones y Utilidades fraccionadas.
VER CÁLCULOS EN GOOGLE DRIVE. Pulsar LINK
CALCULO PRESTACIONES SOCIALES - https://docs.google.com/
HOLA, SI TRABAJE DESDE EL 10/01/2013 HASTA EL 30/04/2013 QUE ME CORRESPONDE COMO LIQUIDACION
ResponderEliminarHOLA RENUNCIE A MI TRABAJO, CON FECHA DE INGRESO 19-06-1997 Y DE EGRESO 30-04-2013 *SIENDO MI ULTIMO RECIBO DE PAGO COMO SE DESCRIBE> SALARIO 2413,00 COMISIONES POR COBRANZAS 10.007,65 Y COMISIONES POR VENTAS 3.403,06 ESTO SUMA 15.823,71 Y DEDUCCIONES 807,07 SIENDO LO COBRADO EN EL ULTIMO PAGO LA CANTIDAD DE Bs. 15.016,64... SI PUEDEN AYUDARME EN EL CALCULO ESTIMADO PARA TENER LA REFERENCIA AL MOMENTO EN QUE LA EMPRESA ME PRESENTE LA DE ELLOS... MUCHAS GRACIAS
ResponderEliminarmuchas gracias su tabla me sirvio de mucho...
ResponderEliminarhola buenos dias ayer me plantearon una negociacion en mi trabajo quisiera saber cuanto me toca aproximadamente mi fecha de ingreso fue el 05/11/2009 mi ultimo salario integral o sea sumando las comisiones fue 528,52 bolivares diarios si me puedes ayudar te lo agradeceria
ResponderEliminarbuenos día renuncie a mi trabajo con fecha de ingreso 17/05/2001 y de egreso 31/7/2013. yo quiero saber cuanto me tocaria de prestaciones social. y una vacaciones vencida , mas el 75% que yo pedi bs 13.940 ,,,,,, cualto seria mi reglo, por favor ayudeme.
ResponderEliminartrabajaba como conserje con 12 años trabajado.
tengo doce año trabajado ingreso
ResponderEliminar17/5/2001, asta julio 30 del 2013
quiero saber cuanto me tocaria de prestaciones sociales
la administradora ... dice que tengo de prestaciones 50.735,95
y solo me esta pagado 23.000.00
y hace una deducione
que no se de donde sale, 27.062,16 mas
15.239.05.
nesecito urgente .el carculo si me pueden ayudar.
mi correo es bernabepabon@gmail.com
HOLA BUENAS TARDES Y LOS 5 DIAS DE PRESTACIONES QUE CORRESPONDEN A LOS TRES PRIMEROS MESES ?
ResponderEliminarBuenas noches saludos por favor tuve 2 meses y 25 dias trabajando 12 horas nocturnas y cobraba 2400 mas un supuesto bono de novecientos. Cuanto me corresponde de arreglo y las 4 horas de sobretiempo y bono nocturno, le agradezco su ayuda gracias
ResponderEliminarBUENAS NOCHES POR FAVOR MI FECHA DE INGRESO 14-04-2009 HASTA EL 15 DE SEPTIEMBRE 2013, EN TAL CASO CUANDO ME CORRESPONDE Y TENGO PENDIENTE LAS ULTIMAS VACACIONES CON UN SUELDO DE 4.957,37
ResponderEliminarHola mi salaro es de Bs.2600 fecha de ingreso 01/07/2012 y me retire el 03/09/2013, disfrute mis vacaciones en dic 2012 que me corresponde y cuanto seria gracias
ResponderEliminarHola mi salaro es de Bs.2600 fecha de ingreso 01/07/2012 y me retire el 03/09/2013, disfrute mis vacaciones en dic 2012 que me corresponde y cuanto seria gracias
ResponderEliminarBUEN DIA.. SERA QUE ME PUEDEN AYUDAR A COMO CALCULAR MIS PRESTACIONES SOCIALES INGRESE EL 10/08/2012 Y ACTUALMENTE ESTOY SOLICITANDO UN ANTICIPO A MIS PRESTACIONES, MI ULTIMO SALARIO ES 3168 MENSUAL.. POR FAVOR AYUDENME
ResponderEliminarBuenas tardes labore en una empresa por un periodo d 3 años y 8 meses desde el 12/02/2010 hasta el 15/10/2013 del cual me retire
ResponderEliminarcon mi respectivo preaviso mi ultimo mes d pago fue en promedio de 3.480Bs.F y nunca se me cancelo el fideocomiso ni cotizo el
seguro social, quisiera saber cuanto me toca d prestaciones por ese tiempo incluyendo las vacaciones y utilidades fraccionadas
(8 meses por ambos lados)le agradeceria mucho al q me pueda ayudar
yo trabaje desde 02-05-2002 hasta 02-02-2014 suerdo basico diario 109 cuanto es
ResponderEliminarbuenas necesito su ayuda trabajo desde el 6 8 2006 mi salario integral final es de 249.75 y me quieren negociar injustificadamente, cual seria elcalculo de mis prestaciones. gracias
ResponderEliminarlinda.cabello1@hotmail.com
Buenos dias, Le agradezco me oriente sobre como calcular las prestaciones a un trabajador que laboro solo de 3 pm a 7 pm, dos dias a la semana, durante 9 años y 4 meses.
ResponderEliminartengo horario rotativo pero he trabajado los dias sabado y domingo, que pago deberias de generar por trabajar esos dias y cuanto seria el monto por prima dominical.? mi salario es de 8500 mensual
ResponderEliminarEl trabajo efectuado en días feriados (Domingo) debe ser cancelado con un recargo de 50%.
Eliminarsi un trabajador tiene 7 meses y renuncia cuantos aportes le corresponden ?
ResponderEliminarsi un trabajador tiene 1 año 7 meses 11 dias cuantos aportes de 5 dias le corresponden
ResponderEliminarbuenas noche quisiera saber cuanto es la liquilacin de 4 mese de trabajo como conserge por renuncia propia
ResponderEliminartengo un salari mensual de 7.420.00
ResponderEliminarHOLA EL CALCULO SE HACE CON LOS DOS SISTEMAS LOT Y LOTTT, Y LUEGO SE HACE CON LA LOTTT SOLAMENTE PARA VER CUAL LO BENEFICIA MAS
ResponderEliminarEXCELENTE SU TABLA REVISÉ LAS FORMULAS Y ESTAN CONFORME A LOTTT
ResponderEliminarQuisiera utilizar su tabla para realizar un calculo, acabo de solicitarle permiso en el link de la tabla.
ResponderEliminarQuisiera utilizar su tabla para realizar un calculo,¿como hago?
ResponderEliminaral final esta el link para abrir la pagina y cambiar los datos
ResponderEliminarDisculpeme, pero al final de que?. Al final de la primera pàgina, a partir de la linea 22?, Por favor, Explíqueme cual final?
Eliminarbuen programa felicitaciones!
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