Los beneficios
económicos que se generan en el proceso del trabajo en las entidades públicas y
privadas tienen una distribución desigual.
El artículo 131 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT) obliga a los
patronos a distribuir entre todos sus trabajadores el quince por ciento de los
beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual. Del
ochenta y cinco por ciento restantes de los beneficios, el patrono paga
alrededor del 30 % de dichos beneficios al Estado bajo el sistema de Impuesto
sobre la Renta, con lo cual se apropia cerca de cincuenta y cinco por ciento de
las utilidades generadas en cada ejercicio anual.