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sábado, 3 de marzo de 2012

Propuestas para la nueva LOT



Debemos siempre no olvidar el  ciclo hegemónico del neoliberalismo exacerbado y consolidado en las décadas del ochenta y noventa  que condujo a la modificación de la Ley Orgánica del Trabajo y los gobiernos latinoamericanos doblegados a los intereses y mandatos del FMI y el Banco Mundial - leyes y políticas laborales, ambientales, educativas orientadas a las necesidades del mercado, estructuradas en torno a su lógica y dinámica. Fueron leyes del capitalismo salvaje, al igual que sus derivados.
Estas políticas produjeron en Latinoamérica entre otras consecuencias negativa desarticulación institucional del sistema educativo, desregulación del trabajo. Desigualdad, desempleo, dependencia tecnológica y endeudamiento con organismos financieros internacionales.
El ciclo neoliberal y del capitalismo salvaje en Venezuela tuvo su inicio con el pacto de Punto Fijo, sostenida en una doctrina reaccionaria y autócrata arraigada en sectores de la iglesia y las fuerzas armadas, el poder económico y en la tradicional ideología de la economía de mercado de los grupos políticos que expresaban los intereses de las oligarquías locales.
En el año 1989 en Venezuela la crisis económica, producida por las también medidas neoliberales del FMI, hizo estallar el conflicto económico y social, El pueblo cansado estalló y se producen fuertes protestas y disturbios en Caracas que se extendió a las ciudades más importantes del país. El pueblo fue masacrado cuando fuerzas de seguridad de la Policía Metropolitana, las fuerzas armadas y la guardia Nacional salieron a las calles y asesinaron más de mil ciudadanos. Estos sucesos ocurrieron en el segundo periodo de Carlos Andrés Pérez. En 1998 el pueblo dijo ¡basta!
En la elaboración de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y trabajadoras de Venezuela no ha jugado un papel protagónico ni de vanguardia, la comisión ha negado la participación de los principales actores, esperamos que se diera una cobertura y una importancia parecida al debate de la Constituyente en 1999, cuando se elaboró la  Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.  El Sistema Nacional de Medios Públicos no le ha dado la importancia que tiene la elaboración de esta Ley ni los medios alternativos. Aquí han fallado los trabajadores y trabajadoras venezolanas que no han exigido la verdadera participación en la elaboración de esta Ley, la dirigencia sindical es apática, la desidia, la negligencia y sus negociados no le permiten su identificación ni participación en este proceso legislativo. Los trabajadores carecen de participación e información.
La nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que será promulgada por el presidente de la República, Hugo Chávez, el 1º de mayo de 2012. Hoy, se hace imprescindible la participación de los trabajadores y trabajadoras venezolanas, porque hay dudas e incertidumbre en la Ley final que entregará la Comisión Presidencial al presidente Chávez, porque en dicha comisión hay personas que en sus actuaciones públicas no han sido muy claras, ni han asumido un papel en defensa de los  trabajadores, no tienen esa condición clasista ni el compromiso con los trabajadores. , porque esta Ley para los trabajadores y trabajadoras venezolanos es el instrumento jurídico más importante, después de la Constitución Nacional. En esta Ley debe proteger a las amas de casas, al trabajador informal, a los policías, militares, campesinos, pescadores, artesanos, etc. Es importante la participación de las comunidades y trabajadores del sector público y privado en la elaboración de las propuestas y en los debates previos a la elaboración de esta nueva Ley.
Los trabajadores y  trabajadoras deben exigir a la dirigencia sindical, que no pueden estar de espalda a la historia, hasta ahora no ha demostrado interés y están ausentes de las primeras discusiones de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, cuando los planteamientos de los trabajadores debe ser esta discusión de la Ley debe pasar por la revisión del modelo económico que tenemos, que continua siendo capitalista y neoliberal, El capitalismo destruye las vidas de millones de personas en todo el planeta, condenándolas a la expropiación, el desempleo, la indigencia y la miseria, y sometiéndolas a las guerras y la represión del Estado. Debemos abrir paso hacia un tipo de  economía socialista. La Ley actual es permisiva, capitalista y neoliberal que favorece al patrono y está basada en los principios establecidos por la Constitución Puntofijista de 1961. Esta Nueva LOT debe tener lo establecido en La Constitución de la Republica Bolivariana, porque nuestra carta magna bolivariana tiene tal profundidad que supera, hasta los convenios de la Organización Mundial del Trabajo (OIT)
Estas propuestas son producto de la discusión de un colectivo y reflexiones que realizamos con trabajadores y trabajadoras a partir de sus experiencias. Las ponemos sobre la mesa para debatir, discutir, consensuar y así poder construir una verdadera Ley del Trabajo revolucionaria y clasista.

PROPUESTA PARA LA  NUEVA  LEY ORGANICA DEL TRABAJO
Homologación de las Pensiones de los jubilados
La Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios es débil y deja muchos vacios y es una Ley que después de aprobarse la Ley Orgánica del Trabajo debe modificarse por ser neoliberal y favorece al patrono. En la nueva Ley se debe incluir un Articulo que exprese: que las Pensiones y Jubilaciones deben ser homologadas inmediatamente al recibir el aumento salarial el último cargo que desempeñó el jubilado o jubilada. De no ser así se le pagara un retroactivo desde el momento que se modifico el tabulador del cargo que ocupó el jubilado o pensionado hasta que se haga efectivo el aumento.
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Aquí en Venezuela no tenemos trabajadores de segunda ni tercera, aquí todos somos iguales ante la Ley, las relaciones de trabajadores y patronos debe regirse por una sola Ley: La Ley Orgánica del Trabajo. Porque vean estos artículos discriminatorios y excluyente  de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Artículo 28. Los funcionarios y funcionarias públicos gozarán de los mismos beneficios contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, en lo atinente a la prestación de antigüedad y condiciones para su percepción.
Artículo 29. Las funcionarias públicas en estado de gravidez gozarán de la protección integral a la maternidad en los términos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento. No obstante, las controversias a las cuales pudiera dar lugar la presente disposición serán sustanciadas y decididas por los tribunales con competencia en lo contencioso administrativo funcionarial.
Igualmente tenemos en La Ley Orgánica del Trabajo numerosas figuras que son excluidos y exceptuados de los decretos que favorecen a los trabajadores, estos siempre son marginados. Los trabajadores de dirección, de confianza, los trabajadores a prueba, los trabajadores temporeros, eventuales u ocasionales; los trabajadores contratados por tiempo determinado. Entonces aun en un proceso revolucionario y en transición hacia el socialismo, seguimos favoreciendo al capital y el derecho al trabajador.
NEGATIVA DE DISCUTIR UNA NUEVA CONTRATACION COLECTIVA
Cuando el patrono se niegue a discutir la nueva contratación colectiva a la fecha de su vencimiento sin demostrar que circunstancias económicas pongan en peligro la actividad o la existencia de la empresa, será sancionado con mil unidades tributarias 1.000 UT).
REDUCCION DE LA JORNADA DE TRABAJO
También se debe aprobar la Reducción de la Jornada diaria de trabajo, en Venezuela para reducir el desempleo se debe crear el quinto turno, trabajar jornadas de 36 horas semanales y seis diarias, esto conlleva mayor rendimiento en la productividad, descenso del desempleo Disminución de accidentes  de trabajo y enfermedades   profesionales al exponerse menos tiempo a factores de riesgo en el trabajo. Disminución de la fatiga por largas jornadas de trabajo. Disminución del estrés laboral.
CONSEJOS DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
Otra discusión importante que deben generarse es el Proyecto de Ley Especial de los Consejos Socialistas de Trabajadores y Trabajadoras, esta propuesta realizada por el PCV, le da carácter legal y es un instrumentos para organizar las bases del movimiento obrero, esto es posible lograrlo, es importante la constitución de los Consejos Socialistas de Trabajadores y Trabajadoras, que no son más que organizaciones del poder popular, concebidas para la participación protagónica de los trabajadores en el ejercicio real y efectivo del control sobre los procesos productivos y administrativos, y para ejercer la dirección de los procesos sociopolíticos en el espacio y áreas de actividad laboral.
REGIMEN DE PRESTACIONES SOCIALES
Para dar cumplimiento a la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en sus disposición transitoria cuarta, numeral 3,  que establece: Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años. Durante este lapso, mientras no entre en vigencia la reforma de la ley seguirá aplicándose de forma transitoria el régimen de la prestación de antigüedad establecido en la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
La retroactividad del Régimen de Prestaciones Sociales mediante el cual se reconoce la antigüedad en el servicio de los trabajadores y que al final de la relación laboral, permite el cálculo de la liquidación sobre la base del último salario devengado.
ELIMINACION DE LA TERCERIZACION O DESREGULACION DEL TRABAJO
la tercerización y precarización del trabajo. Permita en La Ley del Trabajo vigente. El capitalismo, la forma de producción predominante en nuestra economía, impuso en el lapso de estos últimos decenios formas de mayor control del proceso productivo, un mayor control del capital sobre el trabajo, del patrón sobre sus obreros. La empresa privada (e incluso las del Estado), ha impulsado la terciarización como una forma de disminuir sus costos. Este proceso de terciarización consiste esencialmente en pasar a terceros (otras empresas, o microempresas incluso individuos) funciones que son propias de la empresa pero que no necesariamente están ligados a su actividad central, tales como: la limpieza, comedores, la vigilancia, el transporte, el mantenimiento, etc. Esta superexplotación de los trabajadores debe ser prohibida en Venezuela, en la nueva Ley Orgánica del Trabajo debe tener un articulado para eliminar en nuestro país esta aberrante práctica de explotación capitalista. Todos los articulados sobre la precarización del Trabajo en la Ley vigente deben ser eliminados, artículos 54;  55; 56 y 57
SANCIONES
Los trabajadores deben hacer propuesta para que se cambie esta ley permisiva, capitalista y patronal que las decisiones del Ministerio del Trabajo sean inapelable y respetada por el patrono; que las sanciones sean rígidas y fuertes de más de 1000 unidades tributarias por el número de trabajadores en la nomina de la empresa. Porque actualmente la decisión administrativa de las Inspectorías del Trabajo no tiene aplicabilidad, por no existir la acción punitiva, las multas o sanciones por cualquier desacato o incumplimiento del patrono le impondrán una multa equivalente a un cuarto  de salario mínimo ni mayor del equivalente a dos (2) salarios mínimos. Multa irrisoria y risible para el patrono. Las decisiones de las autoridades del trabajo deben ser inapelables. Además el patrono tiene otro recurso que es el Contencioso administrativo, donde el juicio puede durar  hasta un año y el trabajador termina aceptando los términos del patrono para no morirse de hambre, porque mientras dure el juicio no puede laborar en otra empresa, porque si el patrono se entera notifica al tribunal y el juicio se declara nulo.
La ley debe ser aplicada por igual tanto a las empresas privadas como a las del Estado, no puede haber complacencia ni tratos especiales cuando abusan atropellan a los trabajadores. El Ministerio del Trabajo debe transformarse a favor de los intereses de los trabajadores. El valor fundamental del socialismo es el valor trabajo y no debe ser  el valor fundamental del capitalismo, que es el valor de la ganancia.

INSPECTORIAS DEL TRABAJO
La nueva Ley del Trabajo que las Inspectorías del Trabajo tengan autonomía e independencia para impartir decisiones apegadas al derecho laboral y nuestra carta magna.  La justicia del trabajo en Venezuela, no puede continuar deshumanizada  por completo convirtiendo a la administración de justicia laboral en una enorme y pesada estructura burocrática que en vez de contribuir a mantener la armonía social y el bien común, se ha convertido en un instrumento de conflictividad social. Actualmente los Inspectores e Inspectoras del Trabajo sienten temor, cuando tienen que decidir a favor del trabajador cuando patrono es el Estado. Hay propuestas y conocedores del ámbito laboral que propone que las inspectorias del trabajo forme parte del Poder Ciudadano y  dicha institución sea independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa.

CAPITULO SOBRE EL ACOSO LABORAL
La actual Ley del Trabajo carece de un articulado que proteja a los trabajadores y trabajadoras sobre el Acoso Laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones laborales: Se necesitan enunciados que tengan por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de maltratos, agresiones, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación de trabajo privada o pública o de un contrato de prestación de servicios personales . Los bienes que debe proteger esta Ley Contra el Acoso Laboral. Presidente Chávez es una necesidad impostergable que en la nueva Ley Orgánica se incluya un Capitulo  Contra el Acoso Laboral. O que los trabajadores y trabajadoras propongan  una Ley contra el Acoso Laboral para que se adopten  medidas para prevenir, corregir y sancionar el hostigamiento y maltrato en el marco de las relaciones de trabajo.
Además esta nueva Ley, debe tener articulados que sancione a los patronos que practiquen el hostigamiento o el acoso sexual; debe prohibir la exigencia de presentar certificados de ingravidez para acceder al trabajo o mantenerlo. Se deben incluir criterios de priorización de las vacaciones para las madres solas, jefes de hogar o padres con responsabilidades familiares y que además coincidan con las vacaciones escolares de sus hijos. Además debe contener beneficio de las y los trabajadores del servicio doméstico, Se deben  integrar nuevas disposiciones a favor de los trabajadores discapacitados, los Trabajadoras y Trabajadores Residenciales las personas que trabajan en el área de mantenimiento de edificios y conjuntos residenciales o comerciales, deben ser incluidos todos los beneficios de la nueva Ley Orgánica de trabajo.
                                                                                                          jlrlinares@gmail.com

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